Reclamaciones por Lesiones Personales y el Estatuto de Limitaciones de Missouri
En cada estado, cuando alguien resulta herido en un accidente, la ley estatal requiere que la parte lesionada presente su reclamación contra la parte responsable dentro de un cierto período de tiempo. La ley que establece esta limitación de tiempo se llama “estatuto de limitaciones”. No importa si está involucrado en un accidente de coche, un accidente de camión, una caída, un accidente de motocicleta, un accidente de peatón, o un accidente en el trabajo; cada tipo de accidente tiene un estatuto de limitaciones que requiere que presente su reclamación dentro de un cierto período de tiempo después del accidente. Esto incluye accidentes de bicicleta.
Si ha resultado herido en un accidente de bicicleta en Missouri que fue culpa de otra persona, tiene derecho a presentar una reclamación contra la persona responsable del accidente y ser compensado por sus lesiones. Sin embargo, al igual que en cualquier otro tipo de caso de accidente, solo tiene un cierto período de tiempo para presentar su reclamación en Missouri. Si no presenta su reclamación “antes de que se acabe el tiempo”, entonces no podrá recuperar ningún daño de la persona responsable de sus lesiones.
Para asegurarse de presentar su reclamación por lesiones sufridas en un accidente de bicicleta dentro del tiempo otorgado por el estatuto de limitaciones de Missouri, llame a los abogados de accidentes de bicicleta de Foster Wallace, LLC. Nos aseguraremos de que su reclamación se presente de manera oportuna para que sea compensado por la cantidad máxima a la que tiene derecho por sus lesiones.
¿Cuál es el Estatuto de Limitaciones para Accidentes de Bicicleta en Missouri?
La ley de Missouri establece el período de tiempo para presentar una reclamación por lesiones sufridas en un accidente de bicicleta en cinco (5) años. Este límite de tiempo está establecido en una ley de Missouri (o “estatuto”) numerada como 516.120. La sección cuatro del estatuto 516.120 de Missouri establece que:
“[a] una acción por… dañar cualquier bien… incluyendo acciones para la recuperación de bienes personales específicos, o por cualquier otra lesión a la persona o derechos de otro…”
están sujetas a un período de estatuto de limitaciones de cinco (5) años. Esto significa que si resultó herido en un accidente de bicicleta (lesión a la persona), o incluso si no resultó físicamente herido pero su bicicleta resultó dañada (lesión a sus bienes o propiedad personal), debe presentar su reclamación contra la parte responsable dentro de cinco (5) años. De lo contrario, su acción por daños será “prohibida” y no podrá recuperar ningún daño por sus lesiones.
¿Cuándo Comienza el Período de 5 Años del Estatuto de Limitaciones?
El período de 5 años del estatuto de limitaciones de Missouri comienza o “comienza a correr” en el momento en que la lesión que sufre “se acumula”. Este es solo un término legal elegante para decir que su reloj de estatuto de limitaciones comienza a correr desde el momento en que se da cuenta por primera vez de que ha sufrido una lesión y tiene derecho a presentar una reclamación contra la parte responsable.
Por ejemplo, suponga que está montando legalmente su bicicleta en una intersección y alguien que conduce su automóvil se salta el semáforo en rojo y lo golpea. Como resultado del accidente, sufre lesiones físicas obvias, como una pierna rota o una laceración en la cabeza, por ejemplo, por las que es tratado inmediatamente en el hospital. En este caso, su período de limitaciones de 5 años para presentar su reclamación comenzaría a correr en la fecha de su accidente, ya que se dio cuenta en esa fecha de que resultó herido como resultado del accidente.
Sin embargo, suponga que lo golpeó el mismo vehículo pero no sufrió una pierna rota ni ninguna laceración obvia u otras lesiones. En cambio, cuando lo golpearon, se cayó de su bicicleta y se golpeó la cabeza en el bordillo. Tal vez se sintió conmocionado o desorientado, pero no sufrió ninguna lesión obvia de la que fuera consciente en ese momento. En cambio, recogió su bicicleta y se fue a casa. Suponga, sin embargo, que varios días después, comienza a experimentar dolores de cabeza intensos, náuseas o visión borrosa. Después de diez días de sufrir estos síntomas, va al hospital para ser evaluado. El médico determina que sufrió un traumatismo craneal interno como resultado de su accidente en bicicleta. En este caso, no se dio cuenta de que había sufrido alguna lesión como resultado del accidente hasta diez días después del accidente. Por lo tanto, su período de limitaciones para presentar una reclamación por daños puede no comenzar a correr hasta diez días después del accidente, la fecha en que se dio cuenta de que sufrió una lesión en el accidente.
Sin embargo, considere que la regla para determinar cuándo su causa de acción (o reclamación) “se acumula” se basa en cuándo una “persona razonable” tendría motivos para saber que puede haber sufrido una lesión como resultado del accidente. Entonces, en el escenario descrito anteriormente, se podría argumentar que una “persona razonable” habría sabido que puede haber sufrido una lesión como resultado del accidente en la fecha en que comenzó a experimentar dolores de cabeza, náuseas y visión borrosa, no en la fecha en que el médico diagnosticó la lesión.
Si bien estos tipos de distinciones son importantes en términos de saber exactamente cuándo comienza su período de limitaciones, son detalles que su abogado abordará con usted cuando discuta su caso. Por eso es importante que consulte con un abogado lo antes posible. Sin embargo, lo importante es que sepa que solo tiene cinco años para presentar su reclamación en Missouri.
¿Puedo Presentar Mi Reclamación por Lesiones Si Mis Lesiones No Están Totalmente Curadas?
Puede preguntarse cómo puede presentar una reclamación por daños resultantes de un accidente de bicicleta si aún no conoce la extensión total de sus daños porque aún no se ha recuperado por completo de sus lesiones. Por ejemplo, suponga que sufre una lesión grave, como un cuello roto, en su accidente de bicicleta, y continúa incurriendo en gastos como resultado de su tratamiento y rehabilitación a largo plazo mucho después de cinco años después del accidente. En este caso, si tiene que esperar para presentar su reclamación hasta que conozca la extensión total de sus daños, no podrá presentar su reclamación dentro del período de 5 años requerido por la ley de Missouri.
Afortunadamente, la ley de Missouri le permite presentar su reclamo por daños una vez que sepa que se han producido daños, no necesariamente cuando determine la extensión o cantidad de daños que haya sufrido. Por lo tanto, no debe esperar para presentar su reclamo por daños hasta que determine la extensión completa de sus daños si su período de limitaciones de 5 años está a punto de expirar.
¿Existen excepciones al período de cinco años de prescripción para accidentes de bicicleta?
Según la ley de Missouri, puede haber una excepción al período de limitaciones de 5 años para casos de accidentes de bicicleta. Según la sección 516.170 de los estatutos de Missouri, puede retrasar la presentación de una acción más allá del período de 5 años si la persona lesionada en la bicicleta tiene menos de 21 años o está incapacitada mentalmente. Esto significa que si su hijo, que tiene menos de 21 años o está incapacitado mentalmente, resulta herido en un accidente de bicicleta, no tiene que presentar un reclamo por daños hasta que el niño cumpla 21 años o ya no esté discapacitado mentalmente.
¿Cuánto tiempo debo esperar para presentar mi reclamo por accidente de bicicleta?
Según la ley de Missouri, si resultó herido en un accidente de bicicleta como adulto, generalmente puede esperar hasta cinco años para presentar su reclamo por accidente de bicicleta. Si su hijo resultó herido en un accidente de bicicleta, tiene hasta que su hijo cumpla 21 años para presentar su reclamo. Sin embargo, en ambos casos, puede haber ventajas y desventajas en presentar lo antes posible o esperar hasta que hayan pasado cinco años. La respuesta puede ser diferente para cada víctima de accidentes de bicicleta.